No pretendo ser ni demagógico ni populista en este artículo. Sí, ya sé que empezar así puede condenarme de antemano, pues excusatio non petita accusatio manifesta. Nada más lejos. Juguetear ideológicamente con la pobreza y la exclusión puede reportar beneficios políticos, pero es absolutamente inaceptable en un gestor político cuya misión es erradicarla. Más en una tierra en la que 700 fortunas multimillonarias tienen su particular paraíso fiscal, en la tierra de la abundancia y de la excelencia, en una tierra sobrada de vanidad y escasa de solidaridad real, porque el crecimiento del que se alardeó durante años, no eliminó la pobreza tramposa de la que ahora se queja la Consejera de Asuntos Sociales, García Malo. Porque en este reyno de los cielos foral, exponente máximo de la sobreabundancia y el bienestar social vanagloriado hasta la saciedad, viven o sobreviven 7000 unidades familiares, cifra arriba, cifra abajo, dependientes de la Renta Básica que la actual Consejera quiere fiscalizar.
Ante la incesante demanda de la prestación de Renta Básica, sobrevenida tras la actual crisis económica, el Departamento que dirige García Malo pretende investigar a mil familias para ver si cumplen ciertos requisitos, como la aceptación de ofertas de trabajo como contrapartida a la prestación o si viven en el domicilio que se indica en la solicitud de acceso al recurso económico. Una medida que lejos de ir al centro del problema, se entretiene en la periferia. Pero además confunde, intencionadamente, el objeto de análisis de la actual situación.
En este sentido es importante señalar la relación que se establece en los sistemas de protección autonómicos (también en Navarra) entre prestación de garantía (Renta Básica) y participación obligada en acciones de inserción como condicionante de las mismas. Personalmente opino que la relación entre el cobro de la Renta Básica y participación obligada y fiscalizada, y por tanto punitiva, en acciones de inserción no puede contemplarse al margen del modelo de protección universalista contemplado en la Constitución. Y es que las personas que no tienen recursos suficientes pueden y deben esperar de esta administración una prestación de garantía de ingresos. Y ello no porque la sociedad haya decidido concederles graciosamente una ayuda económica, sino porque con ellos no se cumplen preceptos institucionales que se plantean como universales. Y esto se traduce en el derecho al trabajo y a la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad como se contempla en el art. 41 de la Constitución. En este sentido, planteada la Renta Básica en términos de derecho subjetivo, ésta tiene la función de cubrir el déficit existente en el acceso universal a los derechos al trabajo y a la protección social previstos constitucionalmente. Es decir, aquellas personas desempleadas y desprotegidas tendrían derecho a ciertos ingresos mínimos que no consiguen alcanzar por carecer de trabajo, o de una prestación alternativa de cuantía suficiente, pero también a participar en las acciones de inserción que le permitan solucionar sus problemas por las vías que se entiende como normalizadas. Pero en ningún caso cabe la sanción, la retirada de prestación o la fiscalización de los hogares en términos de contraprestación como se pretende.
Pero más aún, los procesos de inserción real no vendrán de la mano de acciones descoordinadas entre los sistemas de empleo y los Servicios Sociales. Y mucho menos si no se contemplan desde los principios de individualización y efectividad. Porque las situaciones de fuerte precariedad y exclusión social no sólo necesitan ayuda económica para tener más libertad, necesitan también apoyo para avanzar en su vida personal. No hay libertad sin derecho a la educación o a la sanidad pero tampoco sin derecho a los servicios sociales y a un apoyo personal para la inserción en circunstancias extraordinarias.
El actual modelo de Renta Básica en Navarra se basa en la solidaridad condicionada, es decir, esta sociedad es solidaria pero exige condiciones, ello requiere fiscalización de las vidas y las actitudes desde un paternalismo autoritario muy alejado de los valores en que se sustentan las sociedades modernas. Y es que lejos de concebir la Renta Básica como un dispositivo que aumenta la libertad de los beneficiarios para desenvolverse por sí mismos y sin interferencias externas en la vida social y económica, se le asigna un elemento de contraprestación que se considera necesario frente a riesgos como la cronificación, la dependencia o la pasividad (Sanzo)
Esta dinámica fiscalizadora genera una situación que rompe el principio de igualdad. Y es que los solicitantes o beneficiarios de Rentas Básicas son los únicos a los que se les pide, en el conjunto de solicitantes y beneficiarios de prestaciones del sistema de protección social, que demuestren ser pobres, merecer el dinero y estar dispuestos a cambiar el rumbo de sus vidas. Más aún, son los únicos a los que se les exige contraprestación.
Si la Consejera quiere evaluaciones de este modelo, viaje a Francia y pregunte por Renta Activa de Solidaridad (RSA). Este modelo, basado en los convenios de inserción y en las acciones de contraprestación evidencia el fracaso del planteamiento inicial de las rentas mínimas como rentas asociadas de forma rígida a los planteamientos de inserción. (Sanzo)
Y es que la cobertura de las necesidades básicas debe quedar inexcusablemente al margen de la lógica del mercado o de la situación económica, de la sensibilidad social o política, o incluso del particular concepto del principio de solidaridad que una mayoría política pretenda imponer.
Paco Roda
Ante la incesante demanda de la prestación de Renta Básica, sobrevenida tras la actual crisis económica, el Departamento que dirige García Malo pretende investigar a mil familias para ver si cumplen ciertos requisitos, como la aceptación de ofertas de trabajo como contrapartida a la prestación o si viven en el domicilio que se indica en la solicitud de acceso al recurso económico. Una medida que lejos de ir al centro del problema, se entretiene en la periferia. Pero además confunde, intencionadamente, el objeto de análisis de la actual situación.
En este sentido es importante señalar la relación que se establece en los sistemas de protección autonómicos (también en Navarra) entre prestación de garantía (Renta Básica) y participación obligada en acciones de inserción como condicionante de las mismas. Personalmente opino que la relación entre el cobro de la Renta Básica y participación obligada y fiscalizada, y por tanto punitiva, en acciones de inserción no puede contemplarse al margen del modelo de protección universalista contemplado en la Constitución. Y es que las personas que no tienen recursos suficientes pueden y deben esperar de esta administración una prestación de garantía de ingresos. Y ello no porque la sociedad haya decidido concederles graciosamente una ayuda económica, sino porque con ellos no se cumplen preceptos institucionales que se plantean como universales. Y esto se traduce en el derecho al trabajo y a la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad como se contempla en el art. 41 de la Constitución. En este sentido, planteada la Renta Básica en términos de derecho subjetivo, ésta tiene la función de cubrir el déficit existente en el acceso universal a los derechos al trabajo y a la protección social previstos constitucionalmente. Es decir, aquellas personas desempleadas y desprotegidas tendrían derecho a ciertos ingresos mínimos que no consiguen alcanzar por carecer de trabajo, o de una prestación alternativa de cuantía suficiente, pero también a participar en las acciones de inserción que le permitan solucionar sus problemas por las vías que se entiende como normalizadas. Pero en ningún caso cabe la sanción, la retirada de prestación o la fiscalización de los hogares en términos de contraprestación como se pretende.
Pero más aún, los procesos de inserción real no vendrán de la mano de acciones descoordinadas entre los sistemas de empleo y los Servicios Sociales. Y mucho menos si no se contemplan desde los principios de individualización y efectividad. Porque las situaciones de fuerte precariedad y exclusión social no sólo necesitan ayuda económica para tener más libertad, necesitan también apoyo para avanzar en su vida personal. No hay libertad sin derecho a la educación o a la sanidad pero tampoco sin derecho a los servicios sociales y a un apoyo personal para la inserción en circunstancias extraordinarias.
El actual modelo de Renta Básica en Navarra se basa en la solidaridad condicionada, es decir, esta sociedad es solidaria pero exige condiciones, ello requiere fiscalización de las vidas y las actitudes desde un paternalismo autoritario muy alejado de los valores en que se sustentan las sociedades modernas. Y es que lejos de concebir la Renta Básica como un dispositivo que aumenta la libertad de los beneficiarios para desenvolverse por sí mismos y sin interferencias externas en la vida social y económica, se le asigna un elemento de contraprestación que se considera necesario frente a riesgos como la cronificación, la dependencia o la pasividad (Sanzo)
Esta dinámica fiscalizadora genera una situación que rompe el principio de igualdad. Y es que los solicitantes o beneficiarios de Rentas Básicas son los únicos a los que se les pide, en el conjunto de solicitantes y beneficiarios de prestaciones del sistema de protección social, que demuestren ser pobres, merecer el dinero y estar dispuestos a cambiar el rumbo de sus vidas. Más aún, son los únicos a los que se les exige contraprestación.
Si la Consejera quiere evaluaciones de este modelo, viaje a Francia y pregunte por Renta Activa de Solidaridad (RSA). Este modelo, basado en los convenios de inserción y en las acciones de contraprestación evidencia el fracaso del planteamiento inicial de las rentas mínimas como rentas asociadas de forma rígida a los planteamientos de inserción. (Sanzo)
Y es que la cobertura de las necesidades básicas debe quedar inexcusablemente al margen de la lógica del mercado o de la situación económica, de la sensibilidad social o política, o incluso del particular concepto del principio de solidaridad que una mayoría política pretenda imponer.
Paco Roda
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